¿Eres psicólogo autónomo y estás exento de presentar el Modelo 130?
Para un psicólogo clínico o sanitario independiente en España, el calendario fiscal suele ser una fuente de estrés que roba tiempo a lo verdaderamente importante: la atención a los pacientes. Entre sesiones, historias clínicas y formación, el autónomo debe lidiar con modelos trimestrales que, en ocasiones, ni siquiera son obligatorios para su perfil específico.
Una de las dudas más frecuentes en las consultas es: ¿psicólogo exento de presentar el modelo 130? ¿Es posible librarse de este trámite trimestral? La respuesta corta es sí, pero bajo unas condiciones muy específicas que Hacienda vigila de cerca. No se trata de una opción voluntaria basada en la comodidad, sino de un cumplimiento técnico basado en el origen de tus ingresos.
En Sanitane, nuestro software de gestión para profesionales de la salud, sabemos que la claridad administrativa es salud mental para el profesional. En este artículo, vamos a explicarte paso a paso cómo funciona la famosa “regla del 70%” y cómo puedes confirmar si tienes la obligación legal de presentar este impuesto o si puedes despedirte de él para siempre.
1. ¿Qué es el modelo 130 y por qué existe?
Antes de saber si puedes evitarlo, es fundamental entender qué estás dejando de presentar. El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF. Es una declaración trimestral mediante la cual adelantas a Hacienda el 20% de tus beneficios (ingresos menos gastos) a cuenta de tu declaración de la Renta anual.
Hacienda utiliza este sistema para asegurarse de que los autónomos pagan sus impuestos de forma progresiva a lo largo del año. Sin embargo, para los profesionales colegiados —como los psicólogos—, existe un mecanismo alternativo para que Hacienda reciba ese dinero: las retenciones en factura.
2. La regla de oro: El umbral del 70%
La normativa española establece que no todos los profesionales deben realizar este pago fraccionado. Existe una excepción diseñada para simplificar la vida de quienes ya “adelantan” impuestos de otra manera.
¿En qué consiste exactamente?
Si eres un psicólogo autónomo y el año anterior al menos el 70% de tus ingresos íntegros de la actividad profesional fueron objeto de retención o ingreso a cuenta, entonces eres un psicólogo exento de presentar el modelo 130.
¿Cómo funciona la retención?
Cuando emites una factura a una clínica, a una mutua o a otro profesional autónomo, tú aplicas una retención (normalmente del 15% o del 7% si eres nuevo autónomo). Ese dinero no te lo pagan a ti; el cliente lo ingresa en Hacienda en tu nombre. Como Hacienda ya está recibiendo ese dinero de forma directa a través de tus clientes, considera que no necesitas presentar el modelo 130 para “adelantar” más.
3. Análisis de tu tipo de cliente: ¿A quién facturas?
Para saber si estás en este grupo de exención, debes analizar tu cartera de pacientes y colaboradores. Aquí es donde se decide tu destino fiscal:
Caso A: Facturas principalmente a particulares
Si tienes tu propia consulta privada y la mayoría de tus ingresos provienen de pacientes particulares (personas físicas), estás obligado a presentar el modelo 130. ¿Por qué? Porque a un paciente particular no se le aplica retención de IRPF. Como nadie está adelantando impuestos por ti, debes hacerlo tú mismo trimestralmente.
Caso B: Facturas principalmente a clínicas o empresas
Si trabajas como colaborador en un centro de psicología, realizas peritajes para abogados o impartes formación a empresas, tus facturas llevan retención. Si estos ingresos suponen más del 70% del total de tu facturación, eres oficialmente un psicólogo exento de presentar el modelo 130.
Caso C: El perfil mixto
Este es el caso más complejo. Si tienes una consulta propia (particulares) pero también colaboras con una clínica (empresa), deberás hacer el cálculo cada año. Si los ingresos de la clínica superan el 70%, puedes pedir la exención. Si bajan de ese porcentaje, deberás volver a presentarlo.
4. Cómo calcular si estás exento (con ejemplo práctico)
No te dejes guiar por sensaciones; utiliza números reales. Para saber si eres un psicólogo exento de presentar el modelo 130, realiza este cálculo al finalizar el año:
Fórmula: (Ingresos con retención / Ingresos totales) x 100
Ejemplo de la psicóloga Lucía:
- Ingresos totales anuales: 30.000 €
- Ingresos por sesiones a particulares: 10.000 € (sin retención)
- Ingresos por colaboración con una clínica: 20.000 € (con retención del 15%)
Cálculo: (20.000 / 30.000) x 100 = 66,6%
En este caso, Lucía NO está exenta. Como no llega al 70%, Lucía debe presentar el modelo 130 cada trimestre y pagar el 20% de su beneficio global.
5. El trámite administrativo: ¿Cómo dejar de presentar el modelo?
La exención no es automática por el simple hecho de cumplir el requisito. Debes comunicárselo a la Agencia Tributaria. Si cumples los requisitos y quieres dejar de presentar el modelo para ahorrar tiempo (y evitar errores), debes seguir estos pasos:
- Modelo 036 o 037: Es el modelo de declaración censal.
- Modificación de datos: Debes marcar la casilla correspondiente para darte de baja en la obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF (página 3 del modelo 037).
- Plazo: Lo ideal es hacerlo en el mes de enero, antes de que empiece el primer trimestre fiscal del año.
Importante: Si dejas de presentarlo sin avisar a Hacienda mediante el modelo 037, podrías recibir requerimientos o sanciones por falta de presentación, aunque técnicamente cumplas el requisito del 70%.
6. Ventajas y desventajas de estar exento
Aunque parezca que ser un psicólogo exento de presentar el modelo 130 es siempre mejor, conviene analizar los dos lados de la moneda:
Ventajas
- Menos burocracia: Te olvidas de una declaración cada tres meses.
- Ahorro en asesoría: Si tu gestor te cobra por modelo, tu factura mensual bajará.
- Menos riesgo de errores: Evitas posibles sanciones por fallos en el cálculo del pago fraccionado.
Desventajas
- Gestión de la liquidez: Si facturas mucho a particulares y no presentas el 130, no estarás ahorrando para la Renta. En junio del año siguiente, podrías llevarte una sorpresa y tener que pagar una cantidad muy elevada de golpe.
- Control financiero: El modelo 130 te obliga a revisar tus cuentas cada trimestre. Sin esa obligación, algunos autónomos descuidan el control de sus gastos.
7. Sanitane: Tu aliado en la facturación y el control del IRPF
Independientemente de si estás exento o no, llevar un control exhaustivo de tus facturas es vital. El mayor peligro para un psicólogo autónomo es no saber en qué punto de la “regla del 70%” se encuentra hasta que es demasiado tarde.
Con un software gestión clínica como Sanitane, este problema desaparece:
- Etiquetado automático: Identifica qué facturas llevan retención y cuáles no según el tipo de cliente.
- Informes en tiempo real: Consulta en cualquier momento qué porcentaje de tus ingresos lleva retención. Así sabrás si el próximo año puedes solicitar la exención.
- Exportación para gestoría: Si finalmente debes presentar el modelo 130, puedes enviar todos los datos a tu gestor con un solo clic, sin errores humanos.
Conclusión: Simplifica tu consulta y cumple con Hacienda
Confirmar si eres un psicólogo exento de presentar el modelo 130 es uno de los pasos más importantes para profesionalizar y simplificar la gestión de tu consulta. La regla del 70% es una herramienta legal que premia a los profesionales que ya contribuyen a través de sus facturas, permitiéndoles centrarse en su labor clínica.
Recuerda: analiza tus ingresos, comprueba si superas el 70% con retención y, si es así, realiza el trámite en Hacienda para darte de baja en la obligación. Mantener una consulta organizada no solo es cuestión de agendas, sino de una estructura fiscal sólida y eficiente.
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Preguntas frecuentes (FAQ)
1. ¿Qué pasa si un año cumplo el 70% y al siguiente no?
Debes estar muy atento. Si un año tus ingresos de particulares aumentan y bajas del 70%, el año siguiente estarás obligado a presentar el modelo 130 de nuevo. Deberás darte de alta otra vez mediante el modelo 037 en el mes de enero.
2. Soy nuevo autónomo y aplico el 7% de retención, ¿estoy exento?
El porcentaje de retención (7% o 15%) no importa para la exención. Lo que importa es que el número de facturas con retención represente más del 70% de tus ingresos totales. Si es así, estás exento.
3. Si estoy exento del modelo 130, ¿significa que no pago IRPF?
No. El IRPF lo pagas igual. La diferencia es que lo haces a través de las retenciones que te quitan tus clientes en las facturas, en lugar de hacerlo tú mismo trimestralmente. La liquidación definitiva se hará siempre en tu declaración de la Renta anual.
4. ¿Puedo presentar el modelo 130 aunque esté exento?
Sí, puedes hacerlo de forma voluntaria. Algunos psicólogos prefieren presentarlo para “ir ahorrando” poco a poco para la declaración de la Renta, especialmente si sus ingresos de particulares son cercanos al 30% y temen un pago final muy alto.
Más informacion:
- El modelo 130 para psicólogos: Todo lo que necesitas saber para cumplir con Hacienda.
- ¿Cuándo debe un psicólogo aplicar retención de IRPF en sus facturas?
- IRPF para psicólogos: La guía definitiva para optimizar tu declaración de la renta como autónomo
Referencias:


